miércoles, 4 de marzo de 2015

La polemica del auxilio en el porton trasero


Cada vez que se lanza a la venta en la Argentina un nuevo vehículo con el auxilio colgando del portón trasero (Ford EcoSport, Chery Tiggo, Volkswagen CrossFox, Chevrolet Spin Activ, etc.), surge la duda acerca de si este accesorio está conforme a las normativas vigentes.

En los últimos meses, voceros de automotrices y agencieros de autos iniciaron una campaña para asegurar que cumplen con la ley porque el auxilio se toma como parte del largo total del vehículo a la hora de la medición.

Esto no es correcto. El largo del vehículo no tiene ninguna incidencia en lo que indica la normativa. Entonces, ¿Qué dice la ley?

* Ley Nº 24.449
Artículo 48: Prohibiciones
Inciso Y: Circular con vehículos que posean defensas delanteras y/o traseras, enganches sobresalientes, o cualquier otro elemento que, excediendo los límites de los paragolpes o laterales de la carrocería, pueden ser potencialmente peligrosos para el resto de los usuarios de la vía pública.


* Manual del Conductor, Vialidad Nacional: “Circular con vehículos que posean defensas delanteras y/o traseras, enganches sobresalientes, o cualquier otro elemento que, excediendo los límites de los paragolpes o laterales de la carrocería, pueden ser potencialmente peligrosos para el resto de los usuarios de la vía pública”.

A que conclusion llegamos: Las ruedas de auxilio colgando del porton trasero son ilegales en nuestro pais, ya que la ley 24.449 en ningun momento habla de medidas, sino de limites del paragolpe. Por lo tanto el INTI esta actuando mal a la hora de homologar estos vehiculos aventureros. Si no se puede circular con un enganche, una defensa o cualquier otro objeto que sobresalga del paragolpes tampoco se deberia circular con auxilios en los portones.


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